Luis de Molina




Luis de Molina (1535 - 1600)


Nació el 29 de septiembre de 1535 en Cuenca, España.

Fue un sacerdote jesuita español, teólogo y jurista. Conocido por ser autor de una teología totalmente diseñada para conciliar la libertad humana con la soberana predestinación de Dios a través de su "Scientia Media".

Hijo de Diego Orejón y Muela y de Ana García de Molina, estudió Derecho en la Universidad de Salamanca y las summulas en la de Universidad de Alcalá. Ingresa en la compañía de Jesús en Alcalá el año 1553 y fue a estudiar a la Universidad de Coímbra, donde comenzó su carrera docente. Estudió dos años más en la Universidad de Évora, donde también se dedicó a la enseñanza. En 1591, enfermo, fue enviado a Cuenca.

Combatió el determinismo desde su doctrina siendo ésta la principal opositora del Calvinismo. Fue muy importante su posición en la Polémica de auxiliis.

La Doctrina de Molina se llama Scientia Media o conocimiento medio, porque viene a presentarse en medio de dos categorías tradicionales de la epistemología divina propuesta por Tomás de Aquino, el conocimiento natural y libre. El conocimiento medio comparte características del conocimiento natural y el libre, en el orden lógico del proceso deliberativo divino con respecto a la creación.
Va después del conocimiento natural pero precede al conocimiento libre. La introducción de esta noción tuvo mucho apoyo (especialmente dentro de la Compañía de Jesús) y también muchos detractores (en especial, entre los dominicos).

Su obra principal es la Concordia liberi arbitrii cum gratiæ donis, diuina præscientia, prouidentia, prædestinatione, et reprobatione ad nonnullos primæ partis Diui Thomæ articulos (Concordia del libre albedrío con los dones de la gracia, la presciencia divina, la providencia, la predestinación y la reprobación en relación a algunos artículos de la Primera Parte de Santo Tomás), publicada en 1588, y es conocida generalmente como La Concordia.

En cuestiones de filosofía política, de Molina llegó a enunciar que el poder no reside en el gobernante, que no es más que un administrador, sino en el conjunto de los administrados, los ciudadanos considerados individualmente, adelantándose así a los postulados sobre la libertad de pensadores de los siglos XVIII y XIX. Sus mayores aportes en esta área se encuentran en su De Iustitia et Iure (3 tomos, aparecidos entre 1593 y 1600).
Su doctrina suele recibir el nombre de Molinismo. Se le considera miembro de la Escuela de Salamanca.

Luis de Molina, fallecido en 1600, defendió en su Concordia Liben Arbitrii cum Gratiae donis, divina praescientia, providentia, praedestinatione et reprobatione (Lisboa, 1588), un sistema denominado «ciencia media», por hallarse este conocimiento entre el de mero intelecto y el de visión suprema, para concertar la gracia divina con el albedrío. Dios conoce toda posibilidad; mas de que la conozca, no se concluye la necesidad de su realización, para la cual se requieren condiciones que no concurren al hecho. El sistema puede resumirse así: Dios, por la ciencia de simple inteligencia, ve todo lo posible; por la ciencia media conoce lo que haría cada voluntad libremente en el orden que le corresponde. Él quiere salvar a todos los hombres a condición de que lo quieran también ellos, por lo cual otorga a todos los auxilios suficientes, aunque no por igual. Por la ciencia de visión sabe los que se salvarán y los que no. La gracia, pues, será eficaz si cooperamos con nuestra voluntad. Esta colaboración hace a la gracia eficaz en acto secundo. La gracia eficazin actu primo, depende sólo de Dios, el cual la otorgó previendo que el hombre había de corresponder. 

Muchas vicisitudes corrió el libro de Molina antes de ver la luz, y tal estridencia alcanzó la controversia suscitada a causa de su doctrina entre jesuítas y dominicos, sustentadores éstos de la predeterminación física, que Paulo V prohibió a ambos contendientes censurar la doctrina del opuesto bando. De tal suerte, impugnada por dominicos y agustinos y aceptada por los jesuítas, esta doctrina, no sancionada ni anatematizada por la Iglesia, continua defendiéndose de la imputación de pelagianismo asestada por sus adversarios.

Obras de Luis de Molina:

• Concordia liberi arbitrii cum gratiae donis, divina praescientia, providentia, praedestinatione et reprobatione, ad nonnullos primae partis D. Thomae articulos, Olyssipone 1588; Antverpiae 1595. Edición crítica preparada por Johaness Rabeneck, Oniae 1953. Otras ediciones, pero incompletas: Lugduni 1593; Venetiis 1594; Venetiis 1602; Antverpiae 1609; Antverpiae 1715; Lipsiae 1722; Parisiis 1876.

• Appendix ad Concordiam liberi arbitrii cum gratiae donis, Olyssipone 1589.

• Commentaria in 1-2ae divi Thomae summae theologiae, 1568. Obra manuscrita.

• Commentaria in Primam Divi Thomae Partem, Cuenca 1592; Lugduni 1593; Venetiis 1594; Venetiis 1602; Lugduni 1622.

• De iustitia et iure tomi sex, Cuenca 1593 (tomo I); Cuenca 1597 (tomo II); Cuenca 1600 (tomo III); Venecia 1601 (tomo II); Venecia 1602 (tomo I); Maguncia 1602 (tt. I y II); Maguncia 1603 (t. III, pars prior); Amberes 1609 (t. III, pars posterior); Amberes 1609 (tt. IV, V y VI); Maguncia 1613 (t. VI); Maguncia 1614 (t. II); Venecia 1614 (tt. I-VI); Amberes 1615 (tt. I-VI); Lyon 1622 (tt. I-VI); Maguncia 1644 (t. VI); Maguncia 1659 (tt. I-VI); Polonia 1733 (tt. I-VI).

• «Utrum infideles sint compellendi ad fidem», en Tractatus de bello contra insulanos. Posición de la corona, Madrid 1982, CHP 10, págs. 350-369, por L. Pereña, CSIC.

• «De spe. Comentario a la 2ª 2ae, q. 17-22», en Archivo teológico granadino, I (1938), págs. 111-148, por J. A. Aldama, S. J.

• «De bello. Comentario a la 2ª 2ae, q. 40», en Archivo teológico granadino, II (1939), pp. 155-231, por L. S. de Lamadrid, S. J.

• «Quid sit peccatum. Comentario a la I-II, q. 71, a. 6», en Pensamiento, 6 (1950), pp. 495-508, por J. M. Díez Alegría, S. J.

• Opera omnia, Colonia 1733. Contiene el De iustitia et iure y una bibliografía: R. P. Ludovici Molinae Societate Jesu operum catalogus.

• «Neue Molinasschriften», en Geschichte des Molinismus, de F. Stegmüller, Münster 1935.


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